domingo, 14 de noviembre de 2010

vías de transito

Cuneta :Son zanjas abiertas en el terreno, revestidas o no, que recogen
y canalizan las aguas superficiales

Glorieta :Es una intersección canalizada sin cruces directos sino compuesta
de secciones de entrecruzamiento 

Intersección:  Es el cruce de dos o más vías, son elementos de discontinuidad
en cualquier red vial.

islas o isletas :      Son zonas definidas situadas entre carriles de circulación, cuyo objeto es guiar el movimiento de los vehículos, servir de refugio a los peatones y proporcionar una zona para la ubicación de señalización
e iluminación. 


 señales de transito :Las señales de tránsito son nuestra guía en las calles y caminos. Nos indican distancias entre ciudades, curvas, puentes y todo aquello que el conductor necesita para informarse sobre el camino.

SEÑALES DE PREVENCIÓN:
Proximidad de semáforos
Incorporación de Tránsito

niños

doble circulacion

SEÑALES DE REGLAMENTACIÓN
prohibido seguir adelante
prohibido girar en U


Ley y señales de tránsito:En este apartado presentamos la Ley de Tránsito, Nº 24.449. Esta ley regula el uso de la vía pública, la circulación de personas, animales y vehículos terrestres, y las actividades vinculadas con el transporte.


por suerte en nuestro país Perú declararon una nueva ley para así evitar más fallecimientos y disminuir nuestra taza de población 

nueva multa para todo ciudadano que cruce en otras partes de la pista que no este indicado lo que nos lleva a 
 solo podremos cruzar por las lineas de blanco para así mantener nuestra vida a salvo y evitar tantas lagrimas de los familiares de las victimas de accidentes de transito 

Hay muchas señales de transito que te indica si vas bien o no respétalas así estas respetando tu vida 

  
 ¡cuida tu vida que es el mejor reglado que nos dio Dios cuidada y amala respeta las leyes indicadas!






vías de transito


¿Que son las vías de transito?
La vía transito es el área del espacio público destinada al tránsito de personas (peatón), animales (semovientes) y vehículos. 


El Código Nacional de Tránsito, el Decreto 323 de 1992, Decreto 682 de 1998 y el Acuerdo 2 de 1980, las define de la siguiente manera: 


 Acera :Superficie lateral y parte de la vía pública, destinada al tránsito
de peatones.


Ancho de vía :Es la medida de la zona de uso público , las cuales en conjunto representan
la sección transversal de la vía.

Ante jardín:Es el área libre de propiedad privada pero que hace parte del espacio publico

Alameda :Consiste en un separador ancho, con una zona central destinada especialmente para el tránsito de peatones

Bahía :Zona de transición , destinada
al estacionamiento provisional de vehículos.

Berma :Son las fajas contiguas a la calzada, comprendidas entre sus orillas
y las líneas de borde.

Calzada :Zona de la vía destinada a la circulación del vehículo.


Carril :Es la superficie en que se puede dividir longitudinalmente el ancho suficiente para la circulación de un vehículo.


Ciclorruta :Corredor vial exclusivo para el tránsito de ciclistas.